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UAGA recuerda que la cobertura de cese de actividad de la seguridad social es voluntaria. Puedes revisar tus coberturas antes del 1 de octubre

UAGA recuerda que la protección por cese de actividad de los Trabajadores Autónomos –RETA- y de los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios –SETA- tiene por objeto proteger a los trabajadores que, por motivos ajenos a su voluntad, cesan totalmente en su actividad laboral de forma temporal o definitiva.

Con esta cobertura se pretende evitar el desamparo de los autónomos en el caso del cese de su trabajo, facilitándoles una ayuda económica de carácter temporal.

Desde la reforma que introdujo la Ley 35/2014, de 26 de diciembre, se suavizaron los requisitos y las obligaciones de esta prestación.

Esta cobertura es de tipo voluntario, sin embargo, conocemos casos de algunos trabajadores por cuenta propia agrarios que no son conscientes de que pueden decidir cotizar o no por esta cobertura.

El plazo para optar o renunciar a ella finaliza el 1 de octubre, y tendrá efectos a partir del 1 de enero del año siguiente, debiendo presentar la correspondiente solicitud en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social.

En el este documento se amplía la información y  en este documento recordamos las medidas de reforma del trabajo autónomo que entraron en vigor en enero de 2018.

+ info Yolanda: 615779584