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viñedo con temporeros al fondo

Se modifica el Decreto para la aplicación de las medidas del Programa de Apoyo 2019-2023 al Sector Vitivinícola

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado el Decreto 112/2022, de 8 de febrero de 2022, que modifica el anterior Decreto, para la aplicación de las medidas del Programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.

La modificación tiene dos objetivos:

  • realizar una mejora que facilite la gestión de las medidas de destilación de subproductos, reestructuración y reconversión de viñedo e inversiones en bodegas, y
  • adaptar el contenido de algunas disposiciones adicionales a la regulación contemplada en la normativa europea

La modificación más importante tiene que ver con los plazos referentes a la medida de reestructuración y reconversión de viñedo para 2022. El plazo para que las Comunidades Autónomas aprueben las solicitudes de ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos de la convocatoria 2022 finaliza el 31 de diciembre de 2022. No obstante, lo establecido en los artículos 36 y 45.6, en el último ejercicio del Programa, las operaciones deberán estar finalizadas, y solicitado su pago, en el plazo que establezca la Comunidad autónoma, siempre que no sobrepase el 31 de julio de 2023, debiendo ser pagadas antes del 16 de octubre de 2023.

Las operaciones que no se hayan finalizado antes del 31 de julio de 2023, pero a 15 de octubre de 2023 hayan sido ejecutadas, en al menos el 30 % de su presupuesto aprobado o modificado, deberán ejecutarse totalmente y solicitar su pago en el plazo que establezca la Comunidad Autónoma que no sobrepase el 31 de julio de 2024, y deberán pagarse en un plazo máximo de doce meses desde la presentación de la solicitud de pago válida y completa.

En los casos mencionados en el párrafo anterior, las comunidades autónomas deberán comprobar, como muy tarde el 15 de octubre de 2023, que las operaciones se están ejecutando, y que se ha gastado más del 30 % de su presupuesto inicialmente aprobado o modificado. En caso de no cumplirse dicho porcentaje de gasto no se pagará ninguna ayuda.

Para más información, puedes acceder a la normativa a través de este enlace.

+INFO HÉCTOR: 618 670 869