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varios temporeros vendimiando

El Gobierno Vasco define el criterio de proximidad al centro de trabajo, para poder compatibilizar las ayudas y el trabajo agrario

El Gobierno Vasco ha publicado la Orden de 25 de mayo por la que la que se ajusta el criterio de «proximidad al centro de trabajo» referido al Real Decreto-Ley 13/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario.

Se fija como criterio de proximidad entre el domicilio de la persona trabajadora o el lugar en que pernocte temporalmente y el centro de trabajo la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como cualesquiera términos municipales limítrofes del centro de trabajo.

La persona trabajadora podrá seguir cobrando el paro u otra prestación compatible con el trabajo agrario.

Las personas empleadoras deberán asegurar en todo momento la disponibilidad de medios de prevención apropiados frente al COVID-19 para las personas trabajadoras, especialmente en lo referente a los equipos de protección individual, al transporte y a las condiciones de los alojamientos temporales.

Y por último y muy importante, es imprescindible comunicar a LANBIDE las ofertas de trabajo y las contrataciones acogidas a las mismas.

Puedes consultar la Orden aquí.

+ info NURIA: 661 595 811