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Uva blanca entrando a la prensa

El Consejo Regulador de la DOC Rioja publica las normas para el traslado de mostos y movimiento de vinos durante la próxima vendimia

Las normas para el traslado de mostos y movimiento de vinos son normas de obligado cumplimiento para todos los operadores del ámbito de la Denominación Rioja.

Establecen la imposibilidad de traslado de mosto o vino de la añada 2020 con anterioridad a la declaración de cosecha y la obtención del resultado de verificación de la calificación.

Por otro lado, regula la excepción para traslado de mostos blancos y rosados siempre que exista una justificación  técnica y se efectúe la correspondiente solicitud.

Asimismo, marca los descuentos mínimos por mermas a los vinos obtenidos a partir de mostos adquiridos, que son del 1% para los mostos desfangados y del 4% para los no desfangados. En caso de que la parte vendedora y la compradora acordasen mermas superiores debe se comunicado al Consejo Regulador.

Puedes consultar la normativa aquí.

Para cualquier consulta puedes dirigirte al servicio de Veedores del Consejo Regulador en el teléfono 941 500 400.

+info GUSTAVO:  635 704 865