Hasta el 12 de abril, abierto el plazo de solicitud de ayudas a la reestructuración y/o reconversión de viñedo para la campaña 2019
La Diputación ha abierto el plazo para la solicitud de ayuda al régimen de reestructuración y/o reconversión de viñedo 2019, plazo que finaliza el viernes 12 de abril. En la misma Orden también se publica la convocatoria para el año 2020, cuyo plazo será desde el día 16 de octubre hasta el día 30 de noviembre, ambos inclusive.
Estas ayudas, enmarcadas dentro de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español, tienen algunas novedades de las convocatorias anteriores.
En primer lugar, las operaciones por las que se solicita ayuda deberán ser anuales y/o bianuales. Es muy importante señalar que según la nueva normativa, quienes soliciten ayuda, una vez aprobada, si renuncian a la misma o no inician su ejecución en el ejercicio financiero indicado en la solicitud aprobada, salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales que establezca la normativa, no podrán volver a solicitar una ayuda en el todo el periodo que abarca la ayuda 2019-2023.
Por otra parte, la normativa actual no prevé mayor ayuda para aquellos solicitantes que presenten la solicitud a través de un plan colectivo, frente a un plan individual, pero sí que, en caso de limitación financiera, los planes colectivos tendrán prioridad sobre los individuales.
Además, los planes colectivos también cuentan con alguna ventaja respecto de la superficie final a reestructurar o reconvertir. En concreto, para los planes individuales la superficie de la parcela de viñedo una vez reestructurada será, al menos, de 3.000 m2. Sin embargo, en el caso de planes colectivos, dicho límite de 3.000 m2 podrá ser inferior si el número de parcelas tras la realización del plan es inferior al 80% de las iniciales. También podrá ser inferior (en planes individuales o colectivos) si es colindante con otra parcela del mismo viticultor. En los casos en que la medida se limite a acciones de reinjertado o cambio de sistema de conducción, la superficie mínima será la inicial.
Las superficies incluidas en una solicitud de reestructuración y/o reconversión, deberán permanecer en cultivo y mantener las acciones subvencionadas durante un periodo mínimo de 10 años, contados a partir de la campaña siguiente a la que se solicitó el pago. Así mismo deberán permanecer en la misma explotación por el mismo periodo, a no ser que se hayan subrogado los derechos y obligaciones derivados de la aprobación de la ayuda a otro viticultor.
Por último, recordar que acogerse a estos planes obliga al cumplimiento de la condicionalidad en la explotación durante un periodo de tres años a partir del 1 de enero del año siguiente al año natural en el que se haya producido el primer pago.
Enlace a la información de Diputación
+ info Yolanda: 615779584 / Nuria: 635704866
